viernes, 21 de marzo de 2014

GOBIERNO ESCOLAR



Es el conjunto de organismos que orientan, dirigen y administran la institución educativa en los aspectos pedagógicos, académicos, administrativos, financieros, culturales y sociales.
Es el órgano encargado de velar por los derechos y deberes de la comunidad estudiantil, es una estrategia curricular que promueve el desarrollo efectivo, social y moral de los estudiantes por medio de actividades vivenciales, forma actitudes y valores cívicos , democráticos y actividades positivas para la convivencia, la tolerancia, la solidaridad, la cooperación y la ayuda mutua, los capacita para la toma de decisiones responsables, los forma para el cumplimiento de sus deberes y el ejercicio de sus derechos.

Según lo dispuesto en art.6º de  la Ley 115 de 1994, la comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del (PEI), en un determinado establecimiento o institución educativa. Todos los establecimientos educativos deben participar en el gobierno escolar según lo dispone el art, 142 de la Ley 115 de 1994, está conformado por tres ramas:

ü EL RECTOR
ü EL CONSEJO DIRECTIVO sus integrantes son el rector (o director), dos directivos docentes, dos docentes (preferiblemente uno de primaria y otro de secundaria) un alumno, un ex-alumno, un padre, un representante de servicios productivos.
ü EL CONSEJO ACADEMICO: la conforman el Rector, dos representantes del personal docente, dos representantes de los padres de familia, un representante de los estudiantes,  un representante de los ex alumnos, un representante de los sectores productivos que patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo.  En todos los establecimientos educativos debe de haber un personero  estudiantil que  es un alumno del último grado de la básica media, que es el encargado de promover los derechos y deberes de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las ley115 de 1994, los reglamentos y el manual de convivencia de la institución educativa.
    
Toman decisiones el consejo directivo y el rector, el consejo académico y las comisiones de evaluación no tienen poder decisorio, solamente proponen acciones pedagógicas y organizativas, las cuales pueden ser aceptadas o modificadas por el consejo directivo.

     El rector ejecuta la política aprobada por el Consejo Directivo. El consejo directivo emite sus actos a través de ACUERDOS. El Rector por medio de resoluciones y los demás consejos por medio de ACTAS. El Consejo Directivo no expide resoluciones ni tampoco el Consejo Académico. Las Comisiones de Evaluación y Promoción, cumplen las funciones establecidas en el artículo 8 del decreto 230/02, pero no definen la promoción de los alumnos que por haber cumplido con el reglamento académico del colegio han adquirido el derecho a su promoción, en cambio deben tratar los casos de los alumnos con tres o más áreas perdidas, teniendo en cuenta lo establecido en el decreto 3055 de 2002. Estas comisiones también deben analizar los casos de docentes en cuya área se presenta gran mortalidad académica o de alumnos con persistente insuficiencia en algunas áreas.
     

 


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